Dicha oficina se crea mediante Ley de Simplificación y Eficiencia Tributaria, número 8114, publicada en el alcance número 53 a la Gaceta número 131 del 9 de julio del 2001, determinó que se transfiera a las Municipales recursos para inversión pública en la Red Vial Cantonal. Con ésta legislación se crea la plataforma legal que permite la posibilidad de instaurar las Unidades Técnicas de Gestión Vial. Las Unidades Técnicas de Gestión Vial (UTGV), tienen la obligación legal de desarrollar las labores de planificación de la conservación de la Red Vial Cantonal. Estas unidades deben elaborar planes Quinquenales y Anuales de Conservación y de Desarrollo Vial, en concordancia con las políticas y directrices emitidas por el Concejo Municipal, la Junta Vial Cantonal, el MOPT y los Planes Reguladores de Desarrollo Cantonal vigentes (Fuente: La Gaceta No. 138, 17 de julio del 2008). Asimismo, la UTGV también se basa en la filosofía de las políticas del Plan Quinquenal, donde se toman en cuenta la Ley 7600 – Ley igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad y la Ley 9660 – Ley de movilidad y seguridad ciclística.
En adición a lo anterior la Unidad Técnica también se basa por la Ley 9329 – primera ley especial para la transferencia de competencias: atención plena y exclusiva de la red vial cantonal, la misma tiene como objeto según artículo 1: “tiene como finalidad transferir a los gobiernos locales la atención plena y exclusiva de la red vial cantonal regulada en la Ley N.° 5060, Ley General de Caminos Públicos, de 22 de agosto de 1972, en cumplimiento del mandato establecido en el artículo 170 de la Constitución Política y las disposiciones contenidas en la Ley N. º 8801, Ley General de Transferencia de Competencias del Poder Ejecutivo a las Municipalidades, de 28 de abril de 2010”, también es el uso de los recursos del impuesto único a los combustibles en la conservación y el mejoramiento de las rutas cantonales, queda limitado a las vías que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Ley 9329 y el presente Reglamento para su incorporación en el Registro Vial de Costa Rica.
El departamento tiene la ideología de crear una participación informativa, consultiva, resolutiva y ejecutiva. Logrando la coordinación y cooperación que se establece entre la Municipalidad, el Gobierno Central, las organizaciones comunales y la sociedad civil de un cantón; con la finalidad de planificar, ejecutar, controlar y evaluar obras de diversa índole, contempladas dentro de la conservación y construcción vial, en el entendido que la ejecución de recursos no implica el traslado horizontal de los mismos de una organización a otra.